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Abogado de inmigración empresarial en Nueva York / Abogada de Visas L para Transferencias Intracorporativas en la Ciudad de Nueva York

Abogada de Visas L para Transferencias Intracorporativas en la Ciudad de Nueva York

Entendiendo las Visas L

La visa L es una visa de no inmigrante que permite a las empresas que operan tanto en los Estados Unidos como en el extranjero transferir a ciertos empleados de sus operaciones en el extranjero a sus operaciones en EE. UU. Esta categoría de visa es particularmente útil para empresas multinacionales que necesitan trasladar a ejecutivos, gerentes y empleados con conocimientos especializados a sus sucursales en los EE. UU. Comuníquese con nuestra abogada de visas L para transferencias intracorporativas en la Ciudad de Nueva York para obtener ayuda dedicada con su caso.

Categorías de Visas L

Existen dos categorías principales de visas L:

  1. Visa L-1A: Para ejecutivos y gerentes.
  2. Visa L-1B: Para empleados con conocimientos especializados.

Criterios de Elegibilidad para las Visas L

Para calificar para una visa L, tanto el empleado como el empleador deben cumplir con criterios específicos:

  1. Visa L-1A (Ejecutivos y Gerentes):
    • Posición: El empleado debe venir a EE. UU. para trabajar en una capacidad ejecutiva o gerencial.
    • Historial de Empleo: El empleado debe haber estado empleado por la empresa fuera de EE. UU. en una posición ejecutiva o gerencial durante al menos un año continuo dentro de los tres años anteriores a la solicitud.
    • Relación de la Empresa: El empleador en EE. UU. debe tener una relación calificada con la empresa extranjera (empresa matriz, sucursal, subsidiaria o afiliada).
  2. Visa L-1B (Empleados con Conocimientos Especializados):
    • Posición: El empleado debe poseer conocimientos especializados y venir a EE. UU. para usar esos conocimientos en una posición que requiera dicha especialización.
    • Historial de Empleo: El empleado debe haber estado empleado por la empresa fuera de EE. UU. en una capacidad de conocimientos especializados durante al menos un año continuo dentro de los tres años anteriores a la solicitud.
    • Relación de la Empresa: El empleador en EE. UU. debe tener una relación calificada con la empresa extranjera (empresa matriz, sucursal, subsidiaria o afiliada).

Proceso de Solicitud

El proceso de solicitud para las visas L implica varios pasos clave:

  1. El Empleador Presenta el Formulario I-129:
    • El empleador en EE. UU. presenta el Formulario I-129, Petición para un Trabajador No Inmigrante, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS), junto con el Suplemento de Clasificación L al Formulario I-129 y los documentos de apoyo.
  2. Documentación de Apoyo:
    • Se debe presentar evidencia de la relación calificada entre el empleador en EE. UU. y el empleador extranjero, las calificaciones del empleado y detalles sobre el rol y las funciones del empleado.
  3. Revisión y Decisión de USCIS:
    • USCIS revisa la petición y los documentos de apoyo. Si se aprueba, USCIS emitirá un Aviso de Aprobación (Formulario I-797).
  4. Solicitud de Visa:
    • Si el empleado se encuentra fuera de EE. UU., debe solicitar una visa L en un consulado o embajada de EE. UU. Esto incluye completar el formulario DS-160 (Solicitud Electrónica de Visa No Inmigrante), pagar la tarifa de solicitud de visa y asistir a una entrevista de visa.
  5. Entrada a EE. UU.:
    • Una vez aprobada la visa, el empleado puede ingresar a EE. UU. y comenzar a trabajar para la sucursal de la empresa en EE. UU.

Beneficios de la Visa L

La visa L ofrece varias ventajas para las empresas multinacionales y sus empleados:

  • Autorización de Trabajo: Permite a los empleados trabajar legalmente en EE. UU. para el empleador patrocinador.
  • Estancia Inicial y Extensiones: Las visas L-1A se otorgan por hasta tres años, con extensiones disponibles por un máximo de siete años. Las visas L-1B se otorgan por hasta tres años, con extensiones disponibles por un máximo de cinco años.
  • Dependientes: El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años del titular de la visa L pueden acompañarlo a EE. UU. con visas L-2. Los cónyuges de los titulares de visas L-1 pueden solicitar autorización de trabajo.
  • Intención Dual: Las visas L permiten la intención dual, lo que significa que los titulares pueden solicitar la residencia permanente (una tarjeta verde) sin poner en peligro su estatus de visa L.

Desafíos y Consideraciones

Aunque la visa L ofrece muchos beneficios, también presenta desafíos:

  • Documentación Extensa: Reunir la documentación necesaria para probar la relación calificada y las calificaciones del empleado puede ser complejo y llevar mucho tiempo.
  • Restricciones de Empleo: Los titulares de la visa L solo pueden trabajar para el empleador que patrocinó su visa.
  • Requisitos de Cumplimiento: Los empleadores deben cumplir con todas las leyes y regulaciones de inmigración aplicables, incluyendo mantener registros y documentación adecuados.

La visa L es una opción valiosa para las empresas multinacionales que buscan transferir empleados clave a sus operaciones en EE. UU. Al comprender los criterios de elegibilidad y navegar cuidadosamente el proceso de solicitud, los empleadores y empleados pueden utilizar con éxito esta categoría de visa para satisfacer sus necesidades comerciales.

Para obtener asistencia personalizada con su solicitud de visa L, contacte a nuestra abogada de visas L en Manhattan, quien se especializa en visas para transferencias intracorporativas.

Preguntas Frecuentes sobre la Visa L para Transferencias Intracorporativas en la Ciudad de Nueva York

P: ¿Cuánto tiempo tarda el proceso de solicitud de la visa L?
R: El tiempo de procesamiento puede variar, pero generalmente toma varios meses. El procesamiento premium está disponible por una tarifa adicional para acelerar el proceso a 15 días calendario.

P: ¿Pueden los titulares de visas L solicitar una tarjeta verde?
R: Sí, los titulares de visas L pueden solicitar una tarjeta verde a través de categorías de inmigración basadas en el empleo, como la EB-1C para gerentes y ejecutivos multinacionales.

P: ¿Pueden los titulares de visas L cambiar de empleador?
R: No, los titulares de visas L no pueden cambiar de empleador. Solo están autorizados a trabajar para el empleador que patrocinó su visa. Se requeriría una nueva petición de visa L si se transfieren a un empleador diferente.

P: ¿Existen restricciones sobre los tipos de trabajo que pueden realizar los titulares de visas L?
R: Sí, los titulares de visas L deben trabajar en la capacidad que coincida con la categoría de su visa: ejecutiva o gerencial para L-1A y conocimientos especializados para L-1B.